Estimados clientes,
Les recordamos por medio de la presente que durante el mes de Julio que empieza se liquidan los tributos correspondientes a las actividades desarrolladas durante el segundo trimestre del año (los habituales del IVA y Retenciones), en los plazos y por las obligaciones que les indicamos a continuación:
Hasta el día 20 de Julio:
Irpf trabajadores, alquileres y rendimientos de capital mobiliario:
Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128
Pagos fraccionados IRPF modalidades E.Directa y Objetiva:
Modelos 130,131
IVA:
Modelos 303, 310, 370, 380, 322, 353, 367, 309, 340, 341 y 349.
Les recordamos así mismo que los pagos mediante orden de domiciliación solo serán válidas hasta el día 15 de Julio inclusive, por lo que aquellas declaraciones que no pudieran estar acabadas en dicha fecha deberán presentarse mediante la obtención de NRC en sus entidades bancarias.
Hasta el día 25 de Julio:
Liquidación anual del impuesto sobre sociedades, para el caso de entidades mercantiles
Les recordamos así mismo que los pagos mediante orden de domiciliación solo serán válidas hasta el día 20 de Julio inclusive, por lo que aquellas declaraciones que no pudieran estar acabadas en dicha fecha deberán presentarse mediante la obtención de NRC en sus entidades bancarias.
A lo largo de los próximos días nos pondremos en contacto con ustedes a los efectos de ir dando cumplimiento a las obligaciones tributarias a que tengan lugar sus actividades.
Como siempre quedamos a su entera disposición.
Aprovechando la ocasión reciban un cordial saludo.
Atentamente, ASESOTEC